La carga de fuego, también conocida como carga combustible, se define como la cantidad total de energía liberada por la combustión completa de todos los materiales combustibles presentes en un sector de incendio. Este concepto es fundamental para evaluar la magnitud del riesgo de incendio en edificaciones e instalaciones industriales.
La densidad de la carga combustible representa el promedio de la carga de fuego por unidad de superficie. Se expresa en peso de madera por unidad de superficie, capaz de desarrollar una cantidad de calor equivalente a la de los materiales combustibles contenidos en dicho sector.
La determinación de la carga de fuego es un indicador clave para la prevención y protección contra incendios, ya que permite caracterizar los establecimientos industriales según su nivel de riesgo intrínseco. Este cálculo se basa en la consideración de la madera como patrón de referencia, con un poder calorífico de 18,41 MJ/kg o 4.400 Kcal/Kg.
Cálculo de la Carga de Fuego
El cálculo de la carga de fuego se realiza mediante un proceso de "reducción a una referencia o patrón", donde la madera actúa como patrón. Se considera que la energía liberada por la combustión de cualquier material combustible es equivalente a la que liberaría una determinada cantidad de madera.
Para ilustrar este concepto, consideremos un combustible "X" con un poder calorífico de 8.800 Kcal/kg. Para determinar su carga equivalente en madera, se aplica una regla de tres simple, utilizando el poder calorífico de la madera como referencia:
- 1 Kg de madera libera 4.400 Kcal.
- 1 Kg de combustible "X" libera 8.800 Kcal.
Aplicando la regla de tres:
(1 Kg de madera / 4.400 Kcal) * 8.800 Kcal = 2 Kg de madera
Por lo tanto, la "carga equivalente en madera" de un kilogramo del combustible X es de 2 Kg de madera.
Clasificación de Materiales Combustibles y su Carga de Fuego
Los materiales combustibles se clasifican en diferentes clases, cada una con su propio poder calorífico y potencial de incendio:
- Clase A: Incluye materiales sólidos como papel, cartón, madera, trapos, algodón, cueros, plásticos, anime, etc.
- Clase B: Comprende líquidos inflamables como pinturas, acetona, butano, etc.
- Clase C: Se refiere a materiales que exhalan suficiente oxígeno para mantener la combustión.
- Clase D: Incluye materiales que, bajo ciertas condiciones de temperatura, pueden sufrir combustión espontánea.
La coexistencia de diferentes clases de combustibles en un sector de incendio requiere una evaluación cuidadosa de la carga de fuego total. Si en un sector de incendio conviven combustibles de clase A y B, la clase de fuego predominante será A o B si la carga de fuego aportada por uno de ellos es, al menos, el 90% de la carga total del sector.
En presencia de combustibles de clase C que aporten al menos el 90% de la carga de fuego del sector, la dotación de extintores se determinará según la reglamentación sectorial específica aplicable.

Normativa y Requisitos de Seguridad contra Incendios
Las condiciones y requisitos de seguridad contra incendios en establecimientos industriales están determinados por varios factores, incluyendo su configuración, ubicación en relación con el entorno y nivel de riesgo intrínseco.
El Reglamento de Seguridad contra Incendios en Establecimientos Industriales, así como las normas técnicas aplicables (UNE, EN u otras), establecen los criterios para:
- Configuración y Ubicación: Características de los establecimientos industriales por su configuración y ubicación con relación a su entorno.
- Nivel de Riesgo Intrínseco: Caracterización de los establecimientos industriales basada en su potencial de incendio.
- Materiales: Uso de materiales y revestimientos de suelos combustibles, como papel, cartón, plásticos, etc.
- Estabilidad y Resistencia al Fuego: Requisitos de estabilidad al fuego para elementos constructivos portantes y resistencia al fuego para elementos de cerramiento. Se especifica que la resistencia al fuego de una cubierta debe ser, al menos, la mitad de la exigida a un elemento de compartimentación adyacente, en una franja de 1 metro de anchura.
- Sectorización: Establecimiento de sectores de incendio y ubicaciones permitidas o no permitidas para actividades industriales.
- Evacuación: Condiciones específicas para la evacuación de establecimientos industriales, especialmente aquellos ubicados en edificios tipo B.
- Ventilación y Eliminación de Humos: Sistemas para la ventilación y eliminación de humos y gases de la combustión.
- Instalaciones Técnicas de Servicios: Requisitos para las instalaciones técnicas de los establecimientos industriales.
- Riesgo de Fuego Forestal: Consideraciones sobre el riesgo de fuego forestal en la implantación de instalaciones.
- Sistemas de Extinción: Especificaciones para sistemas de agua pulverizada, espuma física y polvo, así como la dotación de extintores. Se prohíbe el uso de agentes extintores conductores de electricidad sobre equipos bajo tensión superior a 24v.
- Señalización: Requisitos de señalización para la seguridad contra incendios.
La normativa hace referencia a normas técnicas como la UNE 23093-1:1998 y UNE 23093-2:1998 (Ensayos de resistencia al fuego), UNE 23110/1:1996 (Extintores portátiles), UNE 23500:1990, UNE 23590:1998 (Sistemas de rociadores automáticos) y UNE 23727:1990 (Ensayos de reacción al fuego de materiales de construcción).

Autoprotección y Planes de Emergencia
En cumplimiento de la Ley de Protección Civil, el Ministerio de Ciencia y Tecnología, en coordinación con el Ministerio del Interior, determina el catálogo de actividades industriales y centros que deben disponer de un sistema de autoprotección.
Este sistema debe incluir:
- Recursos propios para la respuesta a emergencias.
- Un correspondiente plan de emergencia, que abarque acciones de prevención de riesgos, alarma, evacuación y socorro.
Estos planes son esenciales para garantizar una respuesta eficaz y coordinada ante cualquier eventualidad de incendio, minimizando los daños y protegiendo la vida de las personas.