Centros Especiales de Empleo: Información y Integración Laboral

Los Centros Especiales de Empleo (CEE) son empresas de economía social cuya finalidad principal es proporcionar a los trabajadores con discapacidad la realización de un trabajo productivo y remunerado, adecuado a sus características personales, y que facilite la integración laboral de éstos en el mercado ordinario de trabajo. Estos centros, regulados en el Real Decreto Legislativo 1/2013, del texto refundido de la Ley General de los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Inclusión Social, y en el Real Decreto 2273/1985, participan regularmente en las operaciones del mercado, compatibilizando la viabilidad económica y su participación en el mercado con su compromiso social hacia colectivos con menores oportunidades.

Para que nos entendamos, un Centro Especial de Empleo es un entorno laboral concebido y diseñado específicamente para las personas con discapacidad, donde las funciones y tareas desempeñadas se adecuan a su situación y necesidades. Se diferencian de cualquier otra empresa ordinaria porque su plantilla está formada por, como mínimo, el 70% de personas con discapacidad. Por su naturaleza, los CEE también son conocidos como «entornos de trabajo protegidos», ya que las personas con discapacidad están permanentemente tuteladas.

Infografía comparativa entre un Centro Especial de Empleo y una empresa ordinaria, destacando el porcentaje mínimo de empleados con discapacidad en los CEE.

Marco Legal y Obligaciones

En España, la integración laboral de las personas con discapacidad se ampara en la Ley General de la Discapacidad (LGD). Esta ley establece que las empresas públicas y privadas que cuentan con 50 o más trabajadores fijos en sus plantillas deben emplear a un número de trabajadores con discapacidad no inferior al 2% de su plantilla. Asimismo, la Administración Pública debe reservar un 5% de las plazas en las convocatorias de funcionarios y de personal laboral.

Sin embargo, aquellas empresas que por motivos técnicos u organizativos no puedan cumplir con la ley a través de la contratación directa, pueden acogerse a la medida alternativa. Esta medida contempla principalmente dos modalidades: la colaboración con Centros Especiales de Empleo para la adquisición de materias primas y/o prestaciones de servicios, y la realización de donaciones y de acciones de carácter monetario a entidades cuyo objeto social sea la inserción laboral de personas con discapacidad.

Funciones y Evolución de los CEE

Los CEE desarrollan distintas actividades. Inicialmente estaban ligados a la subcontratación industrial, pero poco a poco se fueron abriendo a nuevos mercados como la producción de bienes y la prestación de servicios en múltiples sectores, hasta convertirse en especialistas y líderes en algunos ámbitos. El outsourcing de servicios industriales y logística es uno de sus puntos fuertes, aportando los recursos humanos y técnicos necesarios para realizar de forma íntegra el servicio externalizado por sus clientes.

Tanto la calificación como Centro Especial de Empleo, como la gestión de las distintas líneas de ayuda (salvo la bonificación de las cuotas empresariales a la Seguridad Social) están transferidas a las comunidades autónomas. Por lo tanto, la normativa y los Órganos Competentes diferirán en función de la sede de trabajo del Centro Especial de Empleo.

Instrumentos de Integración Laboral

Los Centros Especiales de Empleo compiten en el mercado como cualquier otra empresa y se han convertido en una importantísima fuente de empleo para este colectivo. Existen diversos instrumentos que facilitan la integración laboral de las personas con discapacidad:

Enclaves Laborales

Los enclaves laborales permiten a los centros especiales de empleo desplazar a sus trabajadores con discapacidad a las empresas para las que prestan sus servicios o realizan sus productos. Estos enclaves permiten que las personas con discapacidad se integren en entornos de trabajo normalizados, asumiendo los hábitos, las habilidades y las aptitudes propios de estos ámbitos profesionales, y se relacionan con trabajadores sin discapacidad, sin perder los procesos de seguimiento y apoyo del centro especial de empleo. Además, los enclaves son una fórmula fácil y rápida para la creación de puestos de trabajo estables en la empresa ordinaria.

Los Enclaves Laborales están regulados por el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, y son contratos entre una empresa y un Centro Especial de Empleo (CEE) para la realización de obras o servicios que guarden una relación directa con la actividad normal de aquella. El objetivo es asistir al trabajador del Centro Especial de Empleo en el proceso de incorporación a Enclaves Laborales, y al mercado ordinario de trabajo y al autoempleo.

Unidades de Apoyo en los CEE

Otro instrumento que se ha mostrado muy eficaz son las unidades de apoyo en los CEE. Estas unidades están destinadas a prestar apoyo al mantenimiento de puestos de trabajo en Centro Especial de Empleo, así como a equilibrar y sanear financieramente a los Centros Especiales de Empleo. Su regulación se encuentra en el Real Decreto sobre las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional.

CEE: ¿Fin o Medio para la Inserción?

La actual legislación del Centro Especial de Empleo defiende que éstos deben representar una ayuda para la inserción laboral de las personas con discapacidad, un «trampolín» que les permita dar el salto a la empresa ordinaria, con una mayor preparación y seguridad. En definitiva, han de ser un enlace que les conecte con los entornos convencionales de trabajo.

Sin embargo, los datos oficiales indican que la tendencia es que el Centro Especial de Empleo termine por constituir un fin en lugar de un medio. Actualmente, el 71% de los contratos firmados por personas con discapacidad tienen lugar en Centros Especiales de Empleo, cifra que se repite año tras año y que cuestiona su carácter transitorio. Francisco Mesonero, director general de la Fundación Adecco, recalca que «el Centro Especial de Empleo, un sistema de protección necesario y transitorio, se está convirtiendo en una medida finalista para muchas personas con discapacidad que podrían trabajar en entornos convencionales de trabajo. [...] Por ello, han de establecerse indicadores reales de tránsito al mercado ordinario para que, siempre que sea posible, los trabajadores con discapacidad puedan acceder al mismo».

En la empresa ordinaria es donde el concepto de inclusión alcanza su plena coherencia, pasando la discapacidad a un segundo plano y prevaleciendo el talento y las competencias profesionales.

Condiciones laborales de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo

Otras Posibilidades de Integración Laboral

Además de los Centros Especiales de Empleo, existen otras posibilidades de integración laboral para personas con discapacidad:

  • Integración en empresas ordinarias: Fomentar la contratación directa en empresas públicas y privadas, cumpliendo con la cuota del 2% establecida por ley.
  • Administración Pública: Reservar plazas en las convocatorias de funcionarios y personal laboral.

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